Contratar en El Salvador

Contratar una empleada doméstica en El Salvador: lo que hay que saber antes de decir que sí

Cuánto se paga, qué dice el Código de Trabajo, si hay que inscribirla al ISSS y qué se pacta por escrito.

6 de septiembre, 2026 · Contratar en El Salvador
En resumen

  • El servicio doméstico no tiene salario mínimo propio: el artículo 77 del Código de Trabajo dice que el salario se pacta libremente entre las partes.
  • La referencia que usa casi todo el mundo es el mínimo de comercio y servicios: $408.80 al mes, $13.40 el día.
  • Salvo que se pacte otra cosa, la comida y el cuarto forman parte del pago, no van aparte.
  • La afiliación al ISSS no es obligatoria en el trabajo doméstico, y por eso solo cotiza una minoría.
  • Lo que sí es obligatorio: aguinaldo, vacaciones con el 30 % de recargo, descanso e indemnización si se despide sin causa.

Contratar a alguien para la casa en El Salvador es más fácil de lo que la gente cree y, a la vez, más fácil de hacer mal. La ley deja mucho a lo que acuerden las dos partes, así que lo que no se hable al principio acaba siendo el problema de dentro de seis meses.

Esta guía es lo que conviene tener claro antes de que alguien empiece a trabajar en su casa.

Lo primero: qué dice la ley y qué deja al acuerdo

El trabajo doméstico está regulado en los artículos 76 al 86 del Código de Trabajo. Es un régimen especial: tiene menos reglas rígidas que un empleo normal, pero no es tierra de nadie.

Lo que la ley deja libre:

  • El salario. El artículo 77 dice que se estipula libremente. No hay un decreto que fije un mínimo exclusivo para el servicio doméstico.
  • El horario. No hay jornada de ocho horas; se organiza como convenga a la casa.

Lo que la ley no deja libre:

  • El descanso. Mínimo 12 horas diarias, de las cuales 10 tienen que ser nocturnas y continuas.
  • El aguinaldo, las vacaciones y la indemnización si se despide sin causa justificada.
  • La constancia mensual de lo pagado, que el patrono debe entregar.

Cuánto se paga de verdad

Como no hay mínimo propio, la referencia práctica es el salario mínimo del sector comercio y servicios, vigente desde el 1 de junio de 2025 y sin cambio en 2026:

Referencia Monto
Mínimo de comercio y servicios (mes) $408.80
Mínimo de comercio y servicios (día) $13.40
Equivalente por hora (jornada de 8 h) $1.68

Sobre esa base, esto es lo que se mueve en el mercado según la modalidad:

Modalidad Lo habitual
De planta (vive en la casa), con comida y cuarto $200 – $350 al mes
De planta en zona residencial de San Salvador o La Libertad $300 – $450 al mes
Por días, jornada completa $15 – $25 el día
Medio día o limpieza puntual $10 – $15
Con cuidado de niños o de adulto mayor $50 – $100 más al mes

La diferencia entre una casa y otra la marcan tres cosas: si la persona duerme ahí, cuántas personas viven en la casa y si además cuida a alguien. Puede comparar lo que pide cada quien en el directorio de Andomes en El Salvador, donde cada persona publica su tarifa y su zona.

Comida y cuarto: ojo con esto

El artículo 77 es claro: salvo que se pacte lo contrario, la retribución del servicio doméstico comprende, además del salario, la alimentación y la habitación.

Esto es lo que más confusión genera. Si alguien vive en la casa y come ahí, eso es parte de lo que recibe. No significa que se pueda bajar el sueldo a cualquier cosa: significa que el acuerdo tiene que dejar claro qué incluye. Lo sano es escribirlo: «$X al mes, más comida y habitación».

El contrato

No se exige una forma solemne, pero un papel firmado por los dos evita casi todos los pleitos. Con media hoja basta si están estas seis cosas:

  • Nombre y documento de las dos partes, y la dirección de la casa.
  • Qué trabajo se hace (limpieza, cocina, lavado, planchado, niños, adulto mayor).
  • Cuánto se paga, cuándo y cómo.
  • Si incluye comida y habitación.
  • Horario aproximado y el día de descanso semanal.
  • Fecha de inicio.

Además, cada mes hay que entregar una constancia de lo pagado. Es una obligación del Código de Trabajo y, en la práctica, es lo que le sirve a ella para demostrar antigüedad.

El ISSS: lo que casi nadie hace

Aquí está la diferencia más grande con otros países. En El Salvador la afiliación de la trabajadora doméstica al ISSS no es obligatoria para el patrono: es voluntaria. Existe un régimen especial de afiliación para el servicio doméstico, pero nadie está obligado a usarlo.

El resultado se ve en los números: de las más de 140.000 personas que trabajan en el servicio doméstico remunerado en el país, según datos del Ministerio de Trabajo, alrededor del 5 % está inscrito en el ISSS. El resto trabaja sin cobertura de salud.

Si quiere inscribirla, el trámite se hace en el ISSS con el aviso de inscripción de empleador del sector doméstico. Las cuotas y los requisitos exactos conviene consultarlos directamente con el ISSS, porque cambian y no sirve de nada un dato viejo.

Aguinaldo, vacaciones y descanso

Esto sí es obligatorio, y no depende de que haya contrato escrito.

Prestación Lo que corresponde
Aguinaldo (1 a 3 años) 15 días de salario
Aguinaldo (3 a 10 años) 19 días de salario
Aguinaldo (10 años o más) 21 días de salario
Vacaciones 15 días al año, pagados con el salario más un 30 %
Descanso diario 12 horas, 10 de ellas nocturnas y continuas

Para tener derecho a vacaciones hay que haber trabajado un año continuo y un mínimo de 200 días.

Si hay que terminar la relación

Si se despide sin causa justificada, corresponde indemnización de 30 días de salario por cada año de servicio, con un mínimo de 15 días. Si la persona renuncia, no hay indemnización, pero sí hay que pagarle lo trabajado, la parte proporcional del aguinaldo y las vacaciones que no haya tomado.

Lo prudente es cerrar siempre por escrito: una hoja donde conste la fecha, lo que se paga y la firma de los dos. Eso vale para las dos partes.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagarle el salario mínimo?

No hay un salario mínimo exclusivo del servicio doméstico: el artículo 77 dice que se pacta libremente. En la práctica, el mínimo de comercio y servicios ($408.80 al mes) es la referencia que se usa, y pagar por debajo de eso a alguien de tiempo completo se considera abusivo aunque no haya un decreto que lo prohíba expresamente.

¿Estoy obligado a inscribirla al ISSS?

No. En el trabajo doméstico la afiliación es voluntaria. Puede hacerlo si quiere, y es lo que recomiendan las organizaciones del sector, pero no es una obligación legal.

¿La comida y el cuarto cuentan como parte del pago?

Sí, salvo que se pacte lo contrario. Así lo dice el artículo 77. Por eso conviene dejar por escrito qué incluye el acuerdo.

¿Cuántas horas puede trabajar al día?

No hay jornada fija, pero tiene derecho a un descanso mínimo de 12 horas diarias, de las cuales 10 deben ser nocturnas y continuas.

¿Y si no hay contrato escrito?

La relación laboral existe igual y las prestaciones también. Lo único que cambia es que, si hay discusión, cada quien tendrá que probar lo suyo, y eso siempre es más difícil sin papel.

Si lo que busca es a alguien concreto y no una explicación, en Andomes puede ver perfiles por departamento y distrito, con su tarifa y su disponibilidad, y hablar directamente sin intermediarios.

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